Una vez retirado el documento de la notaria correspondiente, podemos liquidar por su cuenta la minuta notarial, y incorporamos el documento a nuestra base de datos, creando un expediente de tramitación por cada documento.
Con esto controlamos todos los plazos de presentación y liquidación de todos los impuestos que pudiera devengar el documento.
Impuestos Estatales y/o Autonómicos: - Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados - Impuesto de Sucesiones y Donaciones. - Operaciones Societarias. - Ingreso de Retenciones de No Residentes en la Agencia Tributaria. Impuestos Locales: - Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos (Plusvalía municipal)